Términos y Condiciones de Uso — LexFlow
Contrato de suscripción del servicio LexFlow, sistema de administración para estudios jurídicos
- Versión: 1.1 (LEXFLOW-DOC-01)
- Fecha de emisión y vigencia: 2 de octubre de 2026
- Prestador: Gabriel Josías Santos Rivera, persona natural (RUC 1724060478001)
- Dirigido a: abogados en libre ejercicio, estudios jurídicos ecuatorianos y terceros interesados que contratan LexFlow, y a sus usuarios autorizados
- Marco normativo: Constitución de la República; Código Civil; Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos (LCEFEMD); Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (COESCCI); Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) y su Reglamento General; normativa de la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP)
- Documentos que lo integran: Política de Privacidad; Acuerdo de Tratamiento de Datos Personales (DPA); Aviso Legal; Condiciones de Uso del Portal del Cliente; Aviso de Privacidad del Portal del Cliente; y, cuando el Cliente las acepte, las Condiciones de la Beta de Colaboración entre Estudios y el Anexo de Participación en la Beta de Almacenamiento de Documentos; y las condiciones particulares que el Cliente y el Prestador firmen
Resumen informativo (no sustituye el texto completo)
- LexFlow es una herramienta de software (SaaS) para administrar un estudio jurídico. No presta servicios de abogacía ni asesoría legal, y su uso no crea una relación profesional abogado-cliente con el Prestador.
- Este contrato es entre el Prestador y un Cliente profesional (abogado o estudio jurídico), no con consumidores finales.
- El asistente de inteligencia artificial orienta, pero puede equivocarse: el abogado responsable debe verificar siempre lo que use o presente.
- Los recordatorios y el calendario de plazos son una ayuda. El cómputo oficial de términos y plazos procesales es responsabilidad exclusiva del abogado y del expediente judicial.
- El Cliente responde por sus cuentas, por los datos que carga y por la licitud de su tratamiento. Respecto de datos personales de terceros, el Cliente es Responsable y LexFlow es Encargado (ver el DPA).
- La responsabilidad del Prestador está limitada en los términos de la cláusula 15.
- Suscripción mensual prepagada; suspensión por mora; exportación de datos disponible al terminar el contrato.
- Ley ecuatoriana, mediación previa en Quito y jueces competentes de Quito.
Índice
- Partes del contrato
- Definiciones
- Objeto del servicio y ausencia de patrocinio legal
- Aceptación, perfeccionamiento y modificaciones
- Cuenta, credenciales y usuarios
- Uso aceptable y conductas prohibidas
- Asistente legal con inteligencia artificial
- Plazos procesales, recordatorios y fuentes oficiales
- Planes, precios, pagos y facturación
- Propiedad intelectual
- Disponibilidad del servicio (SLA) y mantenimiento
- Seguridad de la información y protección de datos personales
- Confidencialidad y secreto profesional
- Garantías limitadas y exclusiones
- Limitación de responsabilidad
- Indemnidad del Cliente
- Vigencia, suspensión y terminación
- Exportación, retención y supresión de datos
- Cesión, continuidad operativa y sucesión
- Fuerza mayor y caso fortuito
- Ley aplicable, mediación y jurisdicción
- Disposiciones finales
- Aceptación
1. Partes del contrato
1.1. El Prestador. Para todos los efectos de este instrumento, "el Proveedor", "el Prestador", "LexFlow" o "nosotros" significa:
- Nombre completo: Gabriel Josías Santos Rivera.
- Calidad en que actúa: persona natural ecuatoriana, mayor de edad, en ejercicio de actividad económica por cuenta propia.
- RUC: 1724060478001.
- Domicilio fiscal y operativo: Vía Colonia Montúfar Km. 4, cantón Quito, provincia de Pichincha, Ecuador.
- Producto comercial: LexFlow (sistema de administración para estudios jurídicos); marca paraguas: Tiertec.
- Correo de contacto comercial, operativo y de notificaciones: soporte@tiertec.lat.
- Correo en materia de protección de datos personales: dpo@tiertec.lat.
- Sitio web del Servicio: https://app.tiertec.lat.
- Teléfono de contacto: +593 96 331 6183.
1.2. El Cliente. "El Cliente", "el Estudio" o "el Usuario Administrador" es la persona natural o jurídica que contrata el Servicio y que queda identificada al registrarse mediante: (a) su RUC o cédula; (b) su razón social o nombre del estudio jurídico; (c) el correo electrónico del administrador principal; y (d) el plan contratado. La identidad y demás datos declarados en el registro forman parte de este contrato.
1.3. Usuarios autorizados. Los abogados, asistentes y demás personas a quienes el Cliente habilite credenciales dentro de su cuenta son "Usuarios Subordinados". El Cliente responde frente al Prestador por sus actos y omisiones como si fueran propios.
1.4. Capacidad y representación. Quien acepta estos Términos en nombre de un estudio jurídico declara y garantiza que: (a) es mayor de edad y tiene capacidad legal para contratar; (b) cuenta con facultades, nombramiento o poder suficiente y vigente para obligar contractualmente al estudio que representa; (c) la comparecencia es libre, explícita, voluntaria e informada, sin error, fuerza, dolo ni otro vicio del consentimiento; y (d) el estudio o profesional representado se somete de manera incondicional a la totalidad de las estipulaciones de este instrumento. Si la declaración resultare falsa, quien aceptó responderá personalmente por los perjuicios causados al Prestador y libera a este último de cualquier responsabilidad frente a terceros o instituciones de control.
1.5. Carácter profesional del Servicio. El Servicio está dirigido a abogados en libre ejercicio inscritos en el Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura y a estudios jurídicos que cuenten con abogados en tal condición. El Cliente declara que contrata el Servicio como insumo de su actividad profesional y no como destinatario final en los términos del artículo 2 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Las partes reconocen que la relación es de naturaleza civil y mercantil. Si una autoridad competente determinara que una norma imperativa de protección al consumidor resulta aplicable, dicha norma regirá solo en la medida indispensable y no afectará la validez de las demás estipulaciones (cláusula 22.2).
1.6. Ámbito territorial. El Servicio está diseñado para estudios jurídicos que ejercen en el Ecuador y para normativa ecuatoriana. El acceso desde otros países se realiza bajo responsabilidad exclusiva del Cliente, sin que el Prestador garantice adecuación a normas extranjeras. El programa fue diseñado para funcionar dentro del territorio nacional y conforme a las normas y reglamentos ecuatorianos, incluidas las de privacidad; en caso de uso en el extranjero, la total responsabilidad recae en el Cliente.
2. Definiciones
Para la interpretación de este contrato, los términos siguientes tienen el significado indicado, sea que se usen en singular o plural:
| Término | Significado |
|---|---|
| Servicio o Plataforma | El sistema LexFlow provisto en modalidad de software como servicio (SaaS) por acceso remoto, incluidas sus aplicaciones web, notificaciones, Portal del Cliente, Asistente IA, API internas, documentación y actualizaciones. |
| Cuenta | El espacio aislado (tenant) asignado al Cliente, con su administrador, usuarios, configuración y contenido. |
| Contenido del Cliente | Toda información, dato, documento, texto o archivo que el Cliente o sus Usuarios Subordinados cargan, generan o almacenan en el Servicio, incluidos los datos personales de sus propios clientes y de terceros. |
| Cliente Final | Persona natural que recibe acceso de consulta al Portal del Cliente por decisión del Estudio. |
| Portal del Cliente | Funcionalidad de solo lectura mediante la cual el Estudio permite a sus clientes consultar el avance de sus casos. |
| Asistente IA | El asistente legal automatizado de LexFlow, basado en modelos de inteligencia artificial de terceros y en recuperación de información sobre normativa ecuatoriana indexada. |
| Salidas del Asistente | Textos, resúmenes, borradores, citas, extracciones o sugerencias producidos por el Asistente IA. |
| Documentos Legales | Estos Términos, la Política de Privacidad, el DPA, el Aviso Legal, las Condiciones de Uso del Portal, el Aviso de Privacidad del Portal y, cuando el Cliente las acepte, las condiciones de las funcionalidades en beta (Colaboración entre Estudios y Almacenamiento de Documentos). |
| Subencargado | Proveedor tecnológico contratado por el Prestador que interviene en el tratamiento de datos personales por cuenta del Cliente, según el Anexo II del DPA. |
| Plan | La combinación de límites (usuarios, casos activos, cuota de consultas IA) y funcionalidades contratada y publicada en el sitio del Servicio. |
| SPDP | Superintendencia de Protección de Datos Personales, autoridad de protección de datos personales del Ecuador. |
3. Objeto del servicio y ausencia de patrocinio legal
3.1. Objeto. El Prestador otorga al Cliente, a cambio del precio del Plan, una licencia limitada de acceso remoto al Servicio, con las funcionalidades y dentro de los límites del Plan contratado.
3.2. Funcionalidades. Según el Plan, el Servicio comprende:
- a) gestión de clientes del estudio (personas naturales y jurídicas);
- b) gestión de expedientes y casos por materia;
- c) registro de plazos y actuaciones procesales, con recordatorios por correo electrónico y notificaciones push;
- d) calendario de actuaciones;
- e) registro de auditoría de operaciones internas del estudio;
- f) Asistente IA, conforme a la cláusula 7;
- g) roles diferenciados (administrador, abogado y pasante);
- h) aislamiento lógico multi-tenant entre estudios;
- i) Portal del Cliente, si el Estudio lo habilita; y
- j) las demás funcionalidades que el Prestador incorpore o retire conforme a la cláusula 3.6.
3.3. Modalidad. El Servicio se presta exclusivamente por acceso remoto. No se entrega instalación local ni se cede el código fuente. El Prestador no se obliga a depositar el código fuente en escrow ni bajo otra modalidad, salvo pacto adicional, expreso y escrito.
3.4. Ausencia de servicios jurídicos. LexFlow es una herramienta informática. El Prestador no ejerce la abogacía, no patrocina causas, no emite dictámenes y no asesora al Cliente ni a sus clientes. En ninguna circunstancia el uso del Servicio, del Asistente IA o del Portal crea una relación profesional entre el Prestador y el Cliente o los Clientes Finales. Toda decisión jurídica, escrito, borrador, estrategia o pieza procesal es de exclusiva autoría, criterio y responsabilidad del abogado del Cliente. Se recuerda además que LexFlow actúa como herramienta de ayuda: en ningún caso sustituye el trabajo del profesional, sus obligaciones con los clientes ni el cumplimiento de plazos, ni garantiza un funcionamiento perfecto en todo momento, pues al ser una herramienta computacional de software su funcionamiento puede verse afectado por motivos internos o externos a su uso. Por ello, el Cliente se compromete a liberar al Prestador de cualquier responsabilidad frente a terceros por un uso indebido o un fallo técnico de la herramienta informática LexFlow.
3.5. Ausencia de afiliación. LexFlow es un producto privado e independiente. No está afiliado, avalado ni patrocinado por la Función Judicial, el Consejo de la Judicatura, la Fiscalía, la SPDP, el Servicio de Rentas Internas ni ninguna otra entidad pública. Las referencias a estas entidades son meramente descriptivas, y es responsabilidad del Cliente verificar cada proceso y su fidelidad con las páginas oficiales.
3.6. Evolución del Servicio. El Prestador puede mejorar, modificar, reemplazar o retirar funcionalidades por razones técnicas, de seguridad, legales o comerciales. Cuando el retiro afecte una funcionalidad incluida en el Plan pagado, se aplicará la cláusula 4.6. Las funcionalidades designadas como "beta", "vista previa" o "experimentales" se ofrecen sin garantía alguna y pueden cambiar o suspenderse sin previo aviso.
4. Aceptación, perfeccionamiento y modificaciones
4.1. Momento de la aceptación. Estos Términos entran en vigencia para el Cliente cuando: (a) marca la casilla de aceptación durante el registro; o (b) inicia el uso del Servicio bajo una cuenta administrativa creada por el Prestador a su solicitud. Antes de aceptar, el Cliente debe leer íntegramente los Documentos Legales. El mero uso de la aplicación vincula este contrato entre el Cliente y el Prestador: se entiende que el Cliente ha leído los términos y condiciones a profundidad y con pleno entendimiento al momento de hacer uso de los servicios, sea en modo de prueba o con costo. Si no estuviera de acuerdo con ellos, debe detener inmediatamente el uso y ponerse en contacto con el Prestador para rescindir el contrato.
4.2. Validez de la contratación electrónica. Las partes reconocen que: (a) los mensajes de datos tienen igual valor jurídico que los documentos escritos (art. 2 LCEFEMD); (b) los Documentos Legales enlazados en el Servicio se incorporan por remisión, al ser accesibles mediante enlace electrónico directo y expresamente aceptados (art. 3 LCEFEMD); y (c) los contratos pueden instrumentarse mediante mensajes de datos sin que se niegue su validez o fuerza obligatoria por ese solo hecho (art. 45 LCEFEMD). La aceptación mediante clic tiene, en consecuencia, plena eficacia obligatoria. Además, las partes acuerdan expresamente que el mismo uso y aceptación es válido, puede ser exigido y las obliga al contenido de estos Términos y Condiciones.
4.3. Registro probatorio. El Prestador conservará evidencia de cada aceptación (fecha y hora, dirección IP, agente de usuario, identificador de cuenta y versión aceptada) durante el tiempo que dure la prescripción de las acciones derivadas del contrato. Esos registros constituyen prueba suficiente de la aceptación, sin perjuicio del derecho del Cliente a impugnarlos.
4.4. Rechazo. Si el Cliente no está de acuerdo con alguna estipulación, debe abstenerse de aceptar y de usar el Servicio.
4.5. Orden de prelación. En caso de contradicción entre Documentos Legales, se aplicará el siguiente orden: (1) el DPA, en todo lo relativo al tratamiento de datos personales por cuenta del Cliente; (2) las condiciones particulares que el Cliente y el Prestador firmen por escrito, como el contrato de suscripción anual, en las materias que regulan expresamente; (3) estos Términos; (4) las condiciones de las funcionalidades en beta que el Cliente haya aceptado; (5) el Aviso Legal; (6) las Condiciones de Uso del Portal; y (7) las políticas y avisos informativos. Lo anterior no limita la aplicación del principio de aplicación favorable al titular de datos personales (art. 10, literal l, LOPDP) en las materias en que este rija por mandato legal.
4.6. Modificaciones materiales. Son modificaciones materiales las que afectan derechos u obligaciones sustanciales: cambios de precio, de finalidad del tratamiento de datos personales, reducción de funcionalidades del Plan pagado o ampliación de exclusiones de responsabilidad. El Prestador las notificará por correo electrónico y en el panel con al menos quince (15) días calendario de anticipación. La nueva versión no se aplicará al Cliente hasta que la acepte expresamente. Si no la acepta en el plazo notificado, seguirá rigiendo la versión anterior hasta el fin del período mensual en curso, tras lo cual el Prestador podrá terminar el contrato conforme a la cláusula 17.3, con derecho del Cliente a exportar sus datos. En ningún caso el Cliente podrá oponerse al cambio de políticas ni a las decisiones tomadas por el Prestador; solo puede limitarse a aceptarlas o a dejar de usar el Servicio.
4.7. Modificaciones menores. Son correcciones de redacción, ajustes de formato, actualizaciones de la lista de Subencargados sin cambio sustancial de condiciones o adecuaciones normativas que no afecten los derechos del Cliente. Si el Cliente considera que alguna de ellas afecta su funcionamiento, deberá ponerse en contacto con el Prestador dentro de las primeras veinticuatro (24) horas; este analizará el caso particular y adoptará las medidas correctivas que correspondan, o determinará que se trata de otra clase de modificación y le aplicará sus reglas. Las modificaciones menores entran en vigencia desde su publicación en https://app.tiertec.lat/terminos y su comunicación en el panel. El uso continuado del Servicio implica su aceptación por parte del Cliente, que no podrá alegar desconocimiento ni afectación de ningún tipo pasadas veinticuatro (24) horas desde dicha publicación.
4.8. Modificaciones por mandato legal o seguridad. Las modificaciones que sean necesarias para cumplir una ley, resolución u orden de autoridad, o para responder a una amenaza de seguridad, podrán aplicarse de forma inmediata previa notificación, sin necesidad de aceptación adicional, y no se considerarán modificaciones materiales. El Cliente se somete a este tipo de modificaciones sin protesta alguna, ya que su finalidad es dar pleno cumplimiento a la norma vigente. Si una funcionalidad se ve afectada por dicho cambio, el Cliente renuncia a ella sin reclamo de ningún tipo y sin poder dar por terminado el contrato por esa causa; asimismo, renuncia, en materia de este cambio, a iniciar cualquier tipo de acción contra el Prestador por daños o perjuicios que considere sufridos, y libera de responsabilidad a LexFlow por cualquier acto anterior o dato ingresado que incumpla dicha normativa.
5. Cuenta, credenciales y usuarios
5.1. Creación. Cada estudio opera bajo una cuenta de administrador que puede crear Usuarios Subordinados hasta el límite del Plan contratado.
5.2. Responsabilidad sobre credenciales. El Cliente es el único responsable de: (a) la confidencialidad de las contraseñas, claves, tokens y factores de acceso de su cuenta y de sus usuarios; (b) la autorización de creación y baja de Usuarios Subordinados, incluida la baja inmediata de quienes dejen de pertenecer al estudio; (c) la gestión de permisos, bloqueos y reseteos dentro de su cuenta; y (d) toda actividad realizada desde su cuenta, salvo que demuestre que fue ejecutada por un tercero ajeno y que notificó oportunamente conforme a la cláusula 5.3. En este último caso se analizará la procedencia y la vulneración: si la vulneración fue por error, mal uso, falta de diligencia u otro motivo atribuible al Cliente, este será responsable por los cambios, la pérdida de información u otro resultado desfavorable; si, en cambio, se evidencia una vulneración de los servidores de LexFlow, el Prestador deberá solventar el problema de seguridad en el menor tiempo posible.
Sin embargo, lo anterior no abre en ningún caso un derecho de reclamo por daños o fuga de información, ya que su tutela corresponde siempre al Cliente. En consecuencia, si sufriera un ataque informático, el Cliente deslinda de responsabilidad al Prestador, siempre que este no sea el causante del fallo o del ataque a la plataforma de forma dolosa o malintencionada.
La única salvedad a lo anterior es que se compruebe que el Prestador actuó sin la debida diligencia, en cuyo caso la responsabilidad le será atribuible y se regirá por la cláusula 15 (límite cuantitativo, daños excluidos y carga de la prueba).
5.3. Notificación de uso no autorizado. El Cliente notificará al Prestador, en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde que tomó o razonablemente debió tomar conocimiento, cualquier uso no autorizado de su cuenta o sospecha de compromiso de credenciales, escribiendo a soporte@tiertec.lat.
Se presume la toma de conocimiento desde el inicio y uso de la plataforma, pues es de plena responsabilidad del Cliente el mantenimiento y la supervisión actualizada de sus procesos y de la información contenida en la herramienta LexFlow. Por ello, al ingresar con sus credenciales válidas y manejar la plataforma, el Cliente deberá supervisar diligentemente los cambios efectuados por él o por sus dependientes autorizados, para comprobar si hubo una vulneración del sistema, pérdida de información o fuga de datos. Incluso la mera sospecha de vulneración, alteración o cambio indebido de la información debe comunicarse de manera inmediata al soporte de LexFlow, según consta en el presente instrumento.
5.4. Veracidad de la información. El Cliente garantiza que la información suministrada al registrarse y durante el uso del Servicio es veraz, exacta y actualizada. Se prohíbe expresamente la suplantación de identidad y el uso de cuentas de terceros sin autorización. De existir dicho problema, será de exclusiva responsabilidad del Cliente y en ningún momento del Prestador, ya que este no está obligado a verificar la autenticidad de la información; es quien se registra como Cliente quien está obligado a otorgar información real. LexFlow se reserva el derecho a seguir las acciones judiciales pertinentes.
5.5. Verificación. El Prestador puede solicitar al Cliente documentos que acrediten su identidad, su calidad de abogado o estudio jurídico y la representación invocada. La negativa o la falsedad de la información faculta al Prestador a suspender o terminar la cuenta conforme a la cláusula 17, sin perjuicio de las acciones judiciales que pueda iniciar.
5.6. Licencias por usuario. Cada credencial es personal e intransferible. El uso compartido de una credencial entre varias personas, o el uso del Servicio por más usuarios que los incluidos en el Plan, constituye incumplimiento.
5.7. Portal del Cliente Final. Si el Estudio habilita el Portal, será responsable de: (a) decidir a quién y qué información se muestra; (b) informar a sus clientes sobre el Portal y sobre el tratamiento de sus datos; (c) verificar la identidad de quien recibe acceso; y (d) revocar accesos cuando corresponda. El Prestador no interviene en la relación entre el Estudio y sus clientes.
6. Uso aceptable y conductas prohibidas
6.1. Obligaciones de uso. El Cliente y sus Usuarios Subordinados o dependientes se obligan a usar el Servicio: (a) únicamente con fines lícitos vinculados a la administración del estudio; (b) respetando la legislación ecuatoriana y la normativa profesional de la abogacía, en particular el secreto profesional (art. 335, numeral 1, del Código Orgánico de la Función Judicial) y el código de ética profesional aplicable; y (c) respetando los derechos de terceros, especialmente de los clientes finales y contrapartes cuyos datos se carguen. Además, declaran que es de su exclusiva responsabilidad todo acto o información que realicen o suban en la plataforma. LexFlow no edita ni altera la información subida, proporcionada o redactada por el Cliente, salvo en la medida necesaria para prestar el Servicio (incluida la incorporación de información de fuentes públicas que el Cliente habilite), corregir errores del propio Servicio o cumplir instrucciones del Cliente. En consecuencia, se reconoce el papel de LexFlow como herramienta de gestión, y no será responsable por ningún documento, acto o escrito que se encuentre en la plataforma, que será de responsabilidad exclusiva de quien lo sube, emite o carga.
6.2. Conductas prohibidas. Queda expresamente prohibido:
- a) usar el Servicio para cometer, planificar o facilitar actos ilícitos;
- b) intentar acceder, modificar, extraer o destruir datos del Prestador o de otros estudios, o vulnerar el aislamiento multi-tenant;
- c) aplicar ingeniería inversa, descompilar, desensamblar, copiar, descifrar o intentar reproducir el código fuente, la arquitectura, los prompts, las configuraciones o los modelos del Servicio;
- d) realizar acceso no consentido a sistemas informáticos, interceptación de datos, ataques a la integridad de sistemas o revelación ilegal de bases de datos, conductas tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal (arts. 229, 230, 232 y 234, entre otros);
- e) enviar comunicaciones no solicitadas (spam) o usar el Servicio para campañas masivas o publicitarias sin permiso del Prestador;
- f) sobrecargar deliberadamente la infraestructura (denegación de servicio, scraping masivo o automatizado, inyecciones de código, ataques de "prompt injection" o intentos de evadir filtros y límites);
- g) compartir credenciales con personas ajenas al estudio o excederse de los usuarios del Plan;
- h) usar el Asistente IA como sustituto del criterio profesional del abogado, o presentar ante autoridad Salidas del Asistente sin revisión previa del abogado responsable;
- i) cargar contenido que infrinja derechos de propiedad intelectual, marcas, secretos comerciales u otros derechos de terceros;
- j) cargar datos personales de terceros sin contar con una base de licitud conforme a la LOPDP, o sin realizar la evaluación de impacto cuando sea legalmente exigible (art. 42 LOPDP);
- k) utilizar el Servicio, sus Salidas o su documentación para entrenar, ajustar, destilar o evaluar modelos de inteligencia artificial, o para construir productos o servicios que compitan con LexFlow o sus empresas aliadas;
- l) revender, sublicenciar, alquilar o poner el Servicio a disposición de terceros como servicio propio, salvo el Portal del Cliente en los términos de estas condiciones;
- m) eliminar o alterar avisos de propiedad intelectual, marcas o identificaciones del Servicio;
- n) realizar pruebas de penetración, escaneos de vulnerabilidades o mediciones de rendimiento (benchmarks) sin autorización escrita previa del Prestador;
- o) usar LexFlow o su marca para promociones sin autorización del Prestador;
- p) usar el Servicio en actividades de alto riesgo en que un fallo pudiera causar daños a la vida o integridad de personas; y
- q) cualquier otra conducta contraria a la ley, a la moral o a estos Términos.
6.3. Contenido que no debe cargarse. Salvo pacto expreso y por escrito, el Cliente no cargará: contraseñas o credenciales de terceros; datos de tarjetas de pago; datos biométricos con fines de identificación unívoca; ni información clasificada como reservada por ley. El Cliente aplicará el principio de minimización (art. 10, literal e, LOPDP) y evitará cargar datos sensibles o imágenes de niñas, niños y adolescentes, así como información de procesos que deben mantenerse en reserva. Si lo hace, libera expresamente de responsabilidad a LexFlow: la responsabilidad por cualquier dato o metadato cargado es exclusiva del Cliente, que tiene libertad para cargar datos en la plataforma. LexFlow no revisa el contenido de los datos que cargan los clientes ni tiene la obligación de hacerlo, pues actúa como herramienta tecnológica de gestión; la responsabilidad de los archivos, documentos y demás datos es exclusiva de quien los sube, escribe o autoriza.
6.4. Consecuencias. La violación de estas reglas faculta al Prestador a: (a) suspender la cuenta de inmediato; (b) terminar el contrato sin reembolso; (c) eliminar o bloquear contenido ilícito; (d) reportar los hechos a las autoridades competentes cuando corresponda; y (e) reclamar los daños y perjuicios causados. Además, el Cliente se obliga al pago de los honorarios profesionales y gastos en que deba incurrir el Prestador y que sean de responsabilidad del Cliente o se deban a su falta de diligencia.
6.5. Cláusula penal. Las partes acuerdan que, por la infracción de las prohibiciones de los literales b), c), g), k) o l) de la cláusula 6.2, el Cliente pagará al Prestador, a título de pena convencional, una suma equivalente a doce (12) veces la cuota mensual del plan de precio más alto vigente al momento de la infracción, sin perjuicio de la facultad del Prestador de exigir además la cesación de la conducta, la terminación del contrato y la indemnización de los daños y perjuicios superiores a la pena, que se probarán y se imputarán al valor pagado por concepto de la pena.
Para las infracciones de los literales b), c), g), k) o l) de la cláusula 6.2, la pena convencional del párrafo anterior prevalece sobre la escala siguiente, aunque la misma conducta figure también en ella. La escala se aplica a las demás infracciones, que se clasifican en:
A. Infracciones leves. Son aquellas conductas que incumplen obligaciones operativas o de uso de la plataforma, sin generar un riesgo significativo para la seguridad, disponibilidad, integridad o confidencialidad del Servicio, de otros usuarios o de terceros. Se consideran infracciones leves, entre otras:
- a. proporcionar información incompleta o desactualizada en el perfil del Usuario, cuando ello no genere consecuencias relevantes;
- b. incumplir instrucciones operativas de uso de la plataforma que no comprometan su seguridad o funcionamiento;
- c. utilizar funcionalidades de manera distinta a la prevista, siempre que no exista afectación significativa al Servicio ni a terceros;
- d. omitir la actualización de datos de contacto o de facturación después de haber sido requerido para ello;
- e. incumplir por primera vez una obligación contractual de carácter formal, siempre que sea subsanable y no exista perjuicio relevante.
Medidas aplicables: notificación escrita, requerimiento de corrección y, cuando corresponda, capacitación o instrucciones de uso. El Usuario contará con un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para subsanar el incumplimiento, salvo que por su naturaleza se requiera un plazo distinto. En caso de reincidencia dolosa, o si el problema subsiste después de la capacitación, se podrá cobrar como penalidad un cinco por ciento (5 %) adicional sobre el valor del plan mensual durante tres (3) meses.
B. Infracciones graves. Son aquellas conductas que generan o pueden generar una afectación relevante al Servicio, a otros usuarios, a la seguridad de la información, a los derechos de terceros o al cumplimiento de las obligaciones contractuales. Se consideran infracciones graves, entre otras:
- a. compartir credenciales de acceso con personas no autorizadas o permitir el uso de una cuenta por terceros, cuando ello genere un riesgo relevante para la seguridad de la información;
- b. intentar acceder a información, cuentas, expedientes o funcionalidades para las cuales el Usuario no tenga autorización;
- c. cargar, transmitir o almacenar información ilícita, maliciosa o que infrinja derechos de terceros, cuando el Usuario conozca o razonablemente deba conocer esa circunstancia;
- d. realizar actividades que afecten significativamente la disponibilidad, estabilidad o funcionamiento de LexFlow;
- e. reincidir en una infracción leve dentro de un período de seis (6) meses, luego de haber recibido una notificación formal;
- f. incumplir obligaciones de confidencialidad respecto de información de otros usuarios o de terceros;
- g. utilizar automatizaciones, herramientas o mecanismos de extracción de datos que excedan el uso ordinario autorizado de la plataforma;
- h. incumplir una obligación contractual relevante y no subsanarla dentro del plazo otorgado, cuando el incumplimiento sea subsanable.
Medidas aplicables: requerimiento formal de subsanación, suspensión temporal de la funcionalidad afectada o de la cuenta, y aplicación de una penalidad contractual de hasta el equivalente a dos (2) mensualidades del plan contratado, según la gravedad y las circunstancias del caso. Cuando el incumplimiento sea subsanable, se concederá un plazo de hasta tres (3) días hábiles para corregirlo, salvo que exista un riesgo inmediato que justifique una medida preventiva.
C. Infracciones muy graves. Son aquellas conductas que comprometen de forma sustancial la seguridad, confidencialidad, integridad o disponibilidad de la plataforma o de la información tratada mediante ella, o que constituyen un incumplimiento deliberado de obligaciones esenciales del contrato. Se consideran infracciones muy graves, entre otras:
- a. acceder, copiar, extraer, divulgar, comercializar o utilizar sin autorización información, expedientes, documentos o datos personales de otros usuarios o de terceros;
- b. introducir, distribuir o ejecutar código malicioso, virus, ransomware, mecanismos de intrusión u otras herramientas destinadas a comprometer sistemas o información;
- c. eludir deliberadamente controles de autenticación, seguridad, límites de acceso o mecanismos de protección de la plataforma;
- d. realizar ataques, pruebas de penetración o actividades de ingeniería inversa sin autorización previa y expresa del Prestador;
- e. suplantar la identidad de otro Usuario, alterar registros o manipular deliberadamente información almacenada en LexFlow;
- f. utilizar la plataforma para cometer fraude, facilitar actividades ilícitas o vulnerar deliberadamente derechos de terceros;
- g. divulgar secretos comerciales, información confidencial o datos personales obtenidos mediante el Servicio, sin contar con autorización o base jurídica válida;
- h. reincidir en una infracción grave dentro de un período de seis (6) meses, luego de haber sido notificado formalmente;
- i. ejecutar conductas que ocasionen una interrupción sustancial del Servicio o comprometan de manera significativa la información de otros usuarios.
Medidas aplicables: suspensión inmediata y preventiva del acceso o de las funcionalidades comprometidas, terminación del contrato cuando corresponda y aplicación de una penalidad contractual de hasta el equivalente a doce (12) mensualidades del plan contratado, sin perjuicio de las demás acciones contractuales o legales que resulten procedentes.
Cuando exista un riesgo actual para la seguridad de la plataforma, la información o los derechos de terceros, el Prestador podrá adoptar medidas preventivas inmediatas, procurando informar al Usuario tan pronto como sea razonablemente posible.
6.6. Cooperación con autoridades. El Prestador atenderá los requerimientos de autoridad competente debidamente fundamentados, procurando notificar al Cliente cuando la ley lo permita y limitándose a la información estrictamente exigida.
7. Asistente legal con inteligencia artificial
7.1. Naturaleza. El Asistente IA es una funcionalidad de apoyo que genera respuestas y borradores a partir de modelos de lenguaje y de una colección de normativa ecuatoriana indexada. Sus Salidas son meramente orientativas e informativas y no constituyen asesoría legal, dictamen ni patrocinio letrado. Además, el Cliente está consciente de que puede existir error en sus respuestas y de que es su obligación revisar y contrastar cada una de las Salidas con la normativa vigente.
7.2. Riesgos que el Cliente reconoce y acepta. El Cliente declara comprender que el Asistente IA puede: (a) equivocarse, omitir información relevante o presentar información desactualizada; (b) citar artículos, normas o jurisprudencia inexactos o inexistentes ("alucinaciones"); (c) no reflejar reformas recientes o resoluciones de autoridades administrativas; (d) producir resultados distintos ante consultas idénticas; y (e) interpretar erróneamente el contexto de una consulta ambigua. Las medidas de calidad adoptadas por el Prestador (búsqueda sobre corpus oficial, citación de fuentes, priorización por número de artículo) reducen, pero no eliminan, estos riesgos.
7.3. Deber de verificación. Toda Salida debe ser revisada, contrastada con las fuentes oficiales y asumida por el abogado responsable antes de comunicarla a un cliente final, presentarla ante una autoridad o utilizarla en una actuación. El uso de una Salida sin esa verificación es riesgo y responsabilidad exclusivos del Cliente y del Usuario que la utilizó.
7.4. Cuotas y disponibilidad. El uso del Asistente IA está sujeto a la cuota mensual de consultas del Plan y a los límites técnicos vigentes. La disponibilidad del Asistente depende de proveedores externos y puede interrumpirse, degradarse o modificarse sin que ello constituya incumplimiento del Prestador ni del plan contratado, ya que depende de un tercero y está sujeta a disponibilidad. El Cliente entiende, por lo tanto, que una caída o la suspensión del funcionamiento del Asistente no es causa de incumplimiento ni le da derecho a reclamar daños y perjuicios, y renuncia expresamente a realizar reclamos por vía judicial o extrajudicial por este motivo.
7.5. Proveedores de modelos. El Asistente utiliza proveedores de modelos de lenguaje, embeddings y transcripción identificados en el Anexo II del DPA como Subencargados. El Prestador mantiene con ellos condiciones contractuales que excluyen el uso de los datos del Cliente para el entrenamiento público de sus modelos, conforme a los términos vigentes de cada proveedor. El Prestador no garantiza condiciones distintas de las que cada proveedor mantenga contractualmente y notificará los cambios relevantes conforme a la cláusula 12.7.
7.6. Minimización y enmascaramiento. El Prestador aplica mecanismos de enmascaramiento de identificadores directos (cédula, correo electrónico, teléfono) en las consultas dirigidas al Asistente, sin garantizar la detección exhaustiva de todo identificador incluido en texto libre. El Cliente evitará incluir datos personales innecesarios en sus consultas, y cualquier filtración de información por esa causa será de su exclusiva responsabilidad.
7.7. Ausencia de decisiones automatizadas. El Asistente IA no adopta decisiones con efectos jurídicos sobre personas ni realiza valoraciones automatizadas de terceros. Las Salidas son insumos que un ser humano decide utilizar o descartar (art. 20 LOPDP).
7.8. Transparencia. En cumplimiento de la Norma General para la Garantía del Derecho de Protección de Datos Personales en el Uso de Sistemas de Inteligencia Artificial (Resolución SPDP-SPD-2026-0009-R y sus reformas), el Prestador informa que las funcionalidades identificadas como de IA implican tratamiento automatizado de datos. El Cliente, como Responsable del tratamiento de los datos de sus clientes, informará a los titulares, cuando corresponda, que utiliza herramientas de IA en la gestión de sus casos.
7.9. Titularidad de las Salidas. Entre las partes, el Cliente puede usar las Salidas en su actividad profesional. El Prestador no garantiza que las Salidas sean originales, estén libres de derechos de terceros ni sean susceptibles de protección por propiedad intelectual; el Cliente asume la revisión correspondiente y la responsabilidad por su uso, y libera al Prestador de cualquier responsabilidad derivada de ellas.
7.10. Exclusión de responsabilidad. El Prestador no responde por las consecuencias legales, procesales, económicas, reputacionales o disciplinarias derivadas de actuar con base en Salidas del Asistente sin verificación profesional, incluidas las sanciones que se impongan al abogado responsable.
8. Plazos procesales, recordatorios y fuentes oficiales
8.1. Herramienta auxiliar. El módulo de plazos, actuaciones y calendario es una herramienta auxiliar de organización. Los recordatorios se generan a partir de los datos y parámetros que el Cliente ingresa o habilita, y su mal uso o funcionamiento no puede ser atribuido a LexFlow, pues el proceso y el cumplimiento de plazos y términos son de exclusiva responsabilidad del abogado que patrocina la causa.
8.2. Cómputo bajo responsabilidad del abogado. El cómputo de términos y plazos procesales, la determinación de su inicio y vencimiento, la distinción entre términos y plazos, los días hábiles, las suspensiones decretadas por la Función Judicial y demás reglas de las normas procesales aplicables corresponden exclusivamente al abogado responsable, quien debe verificarlos de manera independiente en el expediente y en las fuentes oficiales.
8.3. Entrega de notificaciones. Los recordatorios por correo electrónico y las notificaciones push dependen de servicios de terceros, de la configuración del dispositivo o navegador y de la conectividad del usuario. El Prestador no garantiza su entrega, oportunidad ni lectura.
8.4. Información de fuentes públicas. Cuando el Cliente habilite integraciones o consultas a fuentes públicas de la Función Judicial u otras entidades, la información se muestra tal como esté disponible en la fuente, puede presentar demoras, errores o interrupciones y no reemplaza a la fuente oficial, que prevalece en todo caso.
8.5. Exclusión de responsabilidad. El Prestador no responde por caducidad de acciones, prescripción de derechos, perención de la instancia, pérdida de términos o plazos, preclusión de actos procesales, ni por cualquier omisión o error derivado de confiar exclusivamente en el módulo de plazos, en los recordatorios o en la información de fuentes públicas.
9. Planes, precios, pagos y facturación
9.1. Planes. El Prestador ofrece planes diferenciados por número de usuarios, casos activos, cuota mensual de consultas al Asistente IA y funcionalidades. Los Planes vigentes y sus precios se publican en https://lexflow.ec/precios. Los límites del Plan contratado forman parte de este contrato.
9.2. Suscripción y cobro. El Servicio se factura mensualmente bajo modalidad de suscripción recurrente, con cobro por anticipado al inicio de cada período mensual. El contrato se renueva automáticamente cada mes con cada pago recibido. Sin embargo, las responsabilidades no fenecen con la cancelación o terminación del contrato o del Servicio, sino con la prescripción de las acciones que puedan tener lugar, esto es, hasta diez (10) años posteriores a la terminación del Servicio, conforme a lo descrito en este instrumento.
9.3. Moneda e impuestos. Los precios se expresan en dólares de los Estados Unidos de América (USD) e incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la tarifa vigente al momento del cobro. Las retenciones en la fuente que la ley obligue a practicar se aplicarán conforme a la normativa tributaria, y el Cliente entregará el comprobante de retención dentro del plazo legal. Ningún otro impuesto, tasa, comisión bancaria o cargo del medio de pago reducirá el monto neto que corresponde al Prestador.
9.4. Facturación electrónica. El Prestador emitirá factura electrónica conforme a la normativa del Servicio de Rentas Internas (SRI) por cada pago recibido. El Cliente es responsable de la exactitud de sus datos tributarios; las correcciones se solicitarán dentro del mes de emisión.
9.5. Medios de pago. Los medios de pago serán los habilitados en el Servicio al momento del cobro. Si el pago se procesa mediante un proveedor de pagos, este actuará bajo sus propias condiciones y el Prestador actualizará, cuando corresponda, la lista de destinatarios y Subencargados.
9.6. Mora y suspensión. Si el pago de una mensualidad se atrasa más de cinco (5) días calendario: (a) el Prestador lo notificará por correo electrónico; (b) transcurridos quince (15) días desde el vencimiento sin regularización, podrá suspender el acceso al Servicio; (c) la suspensión no implica pérdida ni eliminación de los datos, que se conservarán durante el período de suspensión; (d) transcurridos treinta (30) días calendario desde el vencimiento, el Prestador podrá además terminar el contrato conforme a la cláusula 17.3, literal b); y (e) si la suspensión se prolonga por más de noventa (90) días calendario sin regularización, el contrato se dará por terminado de pleno derecho. En ambos casos de terminación se aplicará la cláusula 18 y, vencidos sus plazos, la información se eliminará sin que proceda reclamo alguno. Las sumas adeudadas devengarán el máximo de intereses de mora conforme a la ley, y el Cliente asumirá los gastos de cobranza extrajudicial y judicial.
9.7. Cambios de precio. El Prestador podrá modificar los precios notificando al Cliente con al menos treinta (30) días de anticipación. El nuevo precio se aplicará sin retroactividad, solo a los períodos que inicien después de su vigencia. El Cliente podrá cancelar antes de esa fecha sin penalidad; si continúa usando el Servicio, se entenderá que acepta el nuevo precio, sin derecho a reclamo alguno.
9.8. Sin reembolso. Las cuotas pagadas no son reembolsables ni se prorratean por terminación anticipada, cambio a un plan inferior o no uso, salvo mandato legal imperativo. Los cambios a un plan inferior rigen desde el siguiente período.
9.9. Excesos de uso. Si el Cliente excede los límites de su Plan, el Prestador podrá restringir la funcionalidad excedida o requerir el cambio a un plan superior. No se aplicarán cargos adicionales sin aceptación previa del Cliente.
9.10. Pruebas y promociones. Las pruebas gratuitas, descuentos y promociones son discrecionales, pueden terminarse en cualquier momento, no generan derecho adquirido ni acceso a niveles de servicio, y los datos cargados durante una prueba que no se convierta en suscripción podrán eliminarse conforme a la cláusula 18.
9.11. Compensación. El Cliente renuncia a compensar las cuotas que adeude con cualquier crédito que alegue contra el Prestador, salvo acuerdo escrito.
10. Propiedad intelectual
10.1. Del software. El software LexFlow, incluidos su código fuente y objeto, interfaces, diseño (UI/UX), estructura de bases de datos, algoritmos, prompts propietarios, configuraciones de modelos, documentación, aspecto y funcionamiento, y sus versiones y obras derivadas, es propiedad exclusiva del Prestador. Los derechos de autor nacen y se protegen por el solo hecho de la creación de la obra (art. 102 COESCCI), correspondiendo la autoría a la persona natural que la crea (art. 108 COESCCI). El Prestador es, además, titular de los secretos empresariales e información no divulgada asociados al Servicio.
10.2. Marcas y signos distintivos. "LexFlow" y "Tiertec" son nombres comerciales y signos distintivos del Prestador, cuyo registro se encuentra en trámite o pendiente ante el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI). No se concede al Cliente licencia alguna sobre ellos. Su uso no autorizado para identificar productos o servicios similares puede dar lugar a las acciones que la ley ecuatoriana confiere al titular.
10.3. Licencia al Cliente. El Prestador otorga al Cliente una licencia limitada, no exclusiva, no transferible, no sublicenciable y revocable únicamente por incumplimiento conforme a la cláusula 17, para usar el Servicio durante la vigencia del contrato, dentro de los límites del Plan y de las restricciones de la cláusula 6.
10.4. Reserva de derechos. Todo derecho no concedido expresamente queda reservado al Prestador. Este contrato no transfiere titularidad alguna sobre el Servicio y no genera licencias implícitas.
10.5. Contenido del Cliente. El Contenido del Cliente es de propiedad del Cliente o de los titulares que corresponda. El Prestador actúa como mero Encargado del tratamiento conforme al DPA. El Cliente otorga al Prestador una licencia no exclusiva, limitada y sin cargo para alojar, procesar, reproducir, transmitir y mostrar el Contenido del Cliente exclusivamente para prestar el Servicio, cumplir la ley y atender las instrucciones del Cliente, incluida su comunicación a los Subencargados autorizados.
10.6. Garantías sobre el Contenido. El Cliente garantiza que tiene derecho a cargar el Contenido, que no infringe derechos de terceros y que su tratamiento cumple la ley.
10.7. Retroalimentación. Las sugerencias, reportes de error e ideas de mejora que el Cliente envíe podrán ser incorporadas al Servicio sin compensación, permaneciendo la propiedad intelectual del producto resultante en el Prestador. Esta autorización no obliga al Prestador a implementar la sugerencia ni a atribuir autoría al Cliente. La retroalimentación que constituya obra protegida por derechos de autor solo se incorporará previa cesión expresa y escrita.
10.8. Corpus normativo. Los textos legales ecuatorianos indexados por el Asistente IA son textos oficiales de dominio público y el Prestador no reclama propiedad sobre ellos. La indexación, vectorización, curaduría, metadatos y configuración del corpus constituyen obra derivada del Prestador, y su extracción masiva está prohibida.
10.9. Datos técnicos agregados. El Prestador puede recopilar métricas técnicas de operación del Servicio (conteos de uso, latencias, tasas de error, consumo de cuota) para seguridad, facturación, mantenimiento y mejora. Estas métricas no incluyen Contenido del Cliente ni permiten identificar a titulares de datos de los clientes del Estudio. El Prestador podrá utilizar el Contenido del Cliente para fines de mejoramiento de LexFlow y de sus empresas aliadas, siempre dentro del margen de la ley y sin vulnerar la privacidad del Cliente: al no ser una empresa de servicios jurídicos sino una herramienta tecnológica, usará datos técnicos y recopilaciones de funcionamiento, mas no el contenido del Cliente ni los documentos provistos por este.
10.10. Cesión a persona jurídica. El Cliente reconoce y acepta que el Prestador podrá ceder o aportar los derechos patrimoniales sobre el software, las marcas y este contrato a una persona jurídica de su titularidad o a un sucesor en el negocio, conforme a la cláusula 19.
10.11. Defensa de derechos. El Prestador podrá ejercer las acciones administrativas ante el SENADI, civiles y penales que correspondan ante cualquier uso no autorizado del Servicio, incluidas medidas cautelares, sin perjuicio de la cláusula 21.
11. Disponibilidad del servicio (SLA) y mantenimiento
11.1. Nivel de servicio objetivo. El Prestador hace lo posible por mantener una disponibilidad mensual del 99,0 % del Servicio, medida sobre el tiempo total del mes calendario. Se trata de un objetivo y no de una garantía. El Servicio se presta "tal cual" y "según disponibilidad". Si el Servicio decae o sufre un fallo, el Prestador se compromete a repararlo lo antes posible; sin embargo, el Cliente acepta esta cláusula y, por lo tanto, un fallo o un desperfecto temporal del Servicio no constituye incumplimiento.
Para estos efectos, se entenderá por disponibilidad la posibilidad de que los usuarios autorizados del Cliente accedan a las funcionalidades principales de la plataforma y las utilicen normalmente, siempre que cuenten con conexión a internet, equipos compatibles y credenciales válidas.
La disponibilidad mensual se calculará mediante la siguiente fórmula:
Disponibilidad (%) = [(minutos totales del mes − minutos de indisponibilidad atribuibles al Prestador) / minutos totales del mes] × 100
Se considerará indisponibilidad el período continuo o acumulado durante el cual las funcionalidades principales de LexFlow no puedan ser utilizadas por causas atribuibles a la infraestructura, aplicación o servicios bajo control del Prestador.
No se computarán como indisponibilidad:
- a) las interrupciones derivadas de mantenimiento programado, siempre que el Prestador comunique al Cliente, por los canales registrados, con al menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación, la fecha, duración estimada y funcionalidades que podrían verse afectadas. En lo posible, el mantenimiento se realizará fuera de los horarios de mayor utilización de la plataforma;
- b) las interrupciones de emergencia necesarias para atender vulnerabilidades, incidentes de seguridad, riesgos de pérdida o corrupción de información o situaciones que comprometan la estabilidad del Servicio. El Prestador notificará al Cliente tan pronto como resulte razonablemente posible, indicando la causa conocida y la duración estimada, si esta pudiera determinarse;
- c) las fallas originadas en la conexión a internet, dispositivos, sistemas operativos, navegadores, redes, credenciales o configuraciones bajo responsabilidad del Cliente o de terceros ajenos al control del Prestador;
- d) las interrupciones causadas por servicios, plataformas o proveedores externos no administrados por el Prestador, siempre que este haya adoptado medidas para seleccionar, supervisar o gestionar dichos servicios y para mitigar sus efectos;
- e) los eventos de fuerza mayor o caso fortuito, en la medida en que cumplan los requisitos legales aplicables y sus efectos no puedan razonablemente evitarse o superarse;
- f) la suspensión del Servicio realizada conforme al contrato, siempre que haya sido debidamente notificada cuando corresponda y se encuentre justificada en una causa contractual o legal.
Las exclusiones anteriores no liberan al Prestador de sus obligaciones de comunicación, cooperación, mitigación y seguridad que resulten aplicables conforme al contrato y la legislación vigente.
11.2. Mantenimientos. El Prestador podrá realizar mantenimientos programados con al menos cuarenta y ocho (48) horas de aviso; estos no se computan como indisponibilidad. Podrá realizar mantenimientos de emergencia sin aviso previo cuando sea necesario para preservar la seguridad o integridad del Servicio.
11.3. Causas no imputables. El Prestador no responde por interrupciones causadas por:
- a) fallas de proveedores externos de los que el Servicio depende (por ejemplo, Vercel, Supabase, Hetzner, Cloudflare, Decodo, OpenAI, Anthropic, Resend, OneSignal, Sentry u otros);
- b) fallas de la red, dispositivos o configuración del Cliente;
- c) fuerza mayor o caso fortuito, conforme a la cláusula 20;
- d) suspensión por falta de pago o por incumplimiento del Cliente;
- e) órdenes o requerimientos de autoridad competente, bloqueos regulatorios o medidas cautelares;
- f) cambios normativos que vuelvan ilegal la prestación de una funcionalidad; y
- g) ataques informáticos distribuidos o dirigidos contra la infraestructura, cuando el Prestador haya mantenido las medidas del Anexo I del DPA.
11.4. Soporte. La atención al cliente se presta de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 (hora de Ecuador, UTC-5), excluidos los feriados nacionales. Los plazos siguientes son objetivos de gestión y no obligaciones de resultado:
| Tipo de consulta | Canal | Plazo objetivo |
|---|---|---|
| Soporte técnico operativo (errores, imposibilidad de acceso) | soporte@tiertec.lat | 24 horas hábiles |
| Consulta general | soporte@tiertec.lat | 48 horas hábiles |
| Ejercicio de derechos LOPDP por titulares | dpo@tiertec.lat | Dentro del plazo legal aplicable (hasta 15 días) |
| Solicitud de exportación de datos | dpo@tiertec.lat | Hasta 15 días hábiles |
| Comunicación de incidentes de seguridad | dpo@tiertec.lat | Recepción continua; atención prioritaria |
11.5. Reparación exclusiva. Este contrato no prevé compensación monetaria automática por incumplimiento del nivel de servicio objetivo. Si la disponibilidad mensual cayera por debajo del 95 % por causas imputables al Prestador, el Cliente deberá notificar el fallo al Prestador, quien tendrá un período de cinco (5) días hábiles para subsanarlo sin que ello constituya incumplimiento del contrato.
Si la solución se demora más, se concederá al Cliente un descuento en el mes siguiente, proporcional al tiempo que tome restablecer el Servicio. Si el fallo fuera masivo y su solución se demorara más de veinte (20) días, o no pudiera solucionarse, el Cliente podrá terminar el contrato sin penalidad y solicitar la exportación expedita de sus datos dentro de siete (7) días hábiles. Este derecho es la única y exclusiva reparación para este tipo de incumplimiento por indisponibilidad del Servicio, y el Cliente renuncia de manera expresa a compensaciones adicionales y a procesos judiciales que busquen cobrar daños y perjuicios, atribuir mala fama al Prestador o perjudicarlo económicamente de alguna manera.
11.6. Copias de respaldo. El Prestador realiza copias de respaldo automáticas diarias con fines de continuidad operativa; no garantiza la restauración de elementos individuales ni constituye un archivo oficial. El Cliente mantendrá copias independientes de sus documentos y de la información crítica de sus casos.
11.7. Requisitos del Cliente. El Cliente es responsable de su conectividad, equipos, navegadores actualizados y configuración de seguridad.
12. Seguridad de la información y protección de datos personales
12.1. Compromiso del Prestador. El Prestador implementa y mantiene medidas de seguridad técnicas y organizativas acordes con el estado de la técnica y proporcionales al riesgo del tratamiento (arts. 10, literal j, y 37 LOPDP). Se trata de una obligación de medios y no de resultado: ningún sistema es invulnerable. Las medidas se describen en el Anexo I del DPA.
12.2. Resumen de medidas. Entre otras: (a) cifrado en tránsito mediante HTTPS con TLS 1.2 o superior; (b) cifrado en reposo con el estándar AES-256; (c) bloqueo temporal de la cuenta tras cinco (5) intentos fallidos de inicio de sesión y bloqueo definitivo, hasta que un administrador restablezca la contraseña, tras siete (7); (d) aislamiento multi-tenant a nivel de aplicación y base de datos; (e) políticas de seguridad a nivel de fila (Row Level Security) en las tablas; (f) validación y saneamiento de entradas; (g) limitación de tasa de peticiones en puntos sensibles; (h) cabeceras de seguridad estrictas; (i) copias de respaldo automáticas diarias; (j) monitoreo de errores con filtrado de datos personales; (k) infraestructura sobre proveedores con certificaciones de seguridad reconocidas (SOC 2 Tipo II o ISO 27001, según el proveedor); y (l) verificación en dos pasos opcional para cada usuario.
12.3. Roles según la LOPDP. Respecto de los datos personales de los clientes del Estudio y de terceros que este cargue, el Cliente actúa como Responsable del tratamiento y el Prestador como Encargado, conforme al DPA. Respecto de los datos de los Usuarios del Servicio (cuenta, autenticación, seguridad y facturación), el Prestador actúa como Responsable, conforme a la Política de Privacidad. Por ello, el Cliente deberá contar con la facultad para el uso de dichos datos y tendrá la responsabilidad de informar a sus clientes sobre su uso en esta plataforma, ya que todo dato que suba, así como su manejo o tratamiento, será de su exclusiva responsabilidad, liberando a LexFlow de toda responsabilidad y asumiendo completamente cualquier perjuicio económico.
12.4. Obligaciones del Cliente como Responsable. El Cliente se obliga a: (a) contar con base de licitud para cada tratamiento (art. 7 LOPDP) y obtener el consentimiento cuando corresponda (arts. 8 y 26 LOPDP; arts. 5 y 6 del Reglamento); (b) informar a los titulares conforme al art. 12 LOPDP; (c) atender los derechos de los titulares; (d) realizar la evaluación de impacto cuando sea exigible (art. 42 LOPDP); (e) llevar el registro de actividades de tratamiento cuando corresponda (arts. 38 y 39 del Reglamento); (f) cumplir el registro ante la autoridad y designar delegado de protección de datos cuando la ley lo exija (arts. 48 y 51 LOPDP); (g) mantener acuerdos de confidencialidad con su personal; (h) usar contraseñas robustas (mínimo técnico actual de 8 caracteres; se recomienda al menos 12 con mayúsculas, minúsculas, números y símbolos), pudiendo el Prestador elevar el mínimo con aviso razonable; (i) no compartir credenciales; (j) mantener actualizados sus dispositivos y cerrar sesión en equipos compartidos; y (k) notificar de inmediato cualquier sospecha de compromiso.
12.5. Incidentes de seguridad. En caso de vulneración de la seguridad de datos personales que afecte al Contenido del Cliente, el Prestador la notificará al Cliente sin dilación y, en todo caso, dentro del término máximo legal de dos (2) días desde que tenga conocimiento (art. 43 LOPDP y norma técnica aplicable de la SPDP), con la información exigida por el Reglamento. Corresponde al Cliente, como Responsable, notificar a la SPDP y a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones dentro del término de cinco (5) días (art. 43 LOPDP), y a los titulares cuando proceda (art. 46 LOPDP). El Prestador cooperará plenamente con las investigaciones, aplicará las medidas correctivas necesarias e informará al Cliente sobre la naturaleza y alcance del incidente con la mayor diligencia posible.
Esto se realizará mediante el protocolo de gestión y comunicación de incidentes de seguridad. Cuando el Prestador tenga conocimiento de un incidente de seguridad que afecte o pueda afectar la confidencialidad, integridad, disponibilidad o resiliencia de los datos personales tratados por cuenta del Cliente, deberá comunicarlo al Cliente sin dilación indebida, a través de los canales de contacto registrados, proporcionando la información disponible que resulte razonablemente necesaria para que el Cliente pueda evaluar el incidente y cumplir sus obligaciones legales.
La comunicación inicial podrá incluir, en la medida en que la información se encuentre disponible:
- a) la naturaleza general del incidente y la fecha o período estimado en que ocurrió o fue detectado;
- b) las categorías de datos personales, sistemas o funcionalidades posiblemente afectados;
- c) las consecuencias o riesgos identificados o razonablemente previsibles;
- d) las medidas de contención, mitigación o recuperación adoptadas o previstas;
- e) un contacto técnico o responsable para coordinar la atención del incidente.
Si al momento de la comunicación inicial no se dispone de toda la información, el Prestador podrá proporcionarla de manera progresiva, sin dilaciones injustificadas, conforme avance la investigación. El Prestador mantendrá informado al Cliente sobre cambios relevantes, medidas correctivas y resultados de la investigación, y conservará los registros técnicos razonablemente disponibles relacionados con el incidente.
Cuando el incidente involucre datos personales tratados por cuenta del Cliente, el Prestador colaborará razonablemente con este para facilitar el cumplimiento de las obligaciones que le correspondan como Responsable del Tratamiento, incluyendo la evaluación del riesgo, la documentación del incidente y, cuando proceda, las comunicaciones o notificaciones a titulares de datos personales y a la autoridad de protección de datos competente. El Cliente será responsable de determinar y ejecutar las notificaciones que legalmente le correspondan como Responsable del Tratamiento de datos personales.
Las partes cooperarán de buena fe para contener el incidente, reducir sus efectos, preservar la información relevante y prevenir su recurrencia. La presente disposición se aplicará sin perjuicio de los plazos, deberes y responsabilidades establecidos en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, su Reglamento General y demás normativa aplicable.
12.6. Cláusulas de protección de datos. Las partes declaran que esta cláusula 12, el DPA y la Política de Privacidad constituyen las cláusulas de protección de datos personales que deben incorporarse en los contratos celebrados en el Ecuador (Resolución SPDP-SPD-2025-0006-R).
12.7. Subencargados y transferencias internacionales. El Cliente autoriza de forma expresa al Prestador a contratar los Subencargados listados en el Anexo II del DPA (art. 45 del Reglamento), cuya infraestructura se ubica en: (a) la República Federativa del Brasil (São Paulo), donde residen la base de datos y los servidores de la aplicación; (b) la República Federal de Alemania, donde opera el servidor propio del Prestador que sincroniza la información de fuentes públicas de la Función Judicial, analiza los archivos cargados con antivirus y guarda copias de respaldo; y (c) los Estados Unidos de América, donde operan los proveedores de inteligencia artificial, correo electrónico, notificaciones y monitoreo de errores. El Prestador notificará la incorporación o sustitución de un Subencargado con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación, y el Cliente podrá presentar objeciones justificadas conforme al DPA. El acceso de un encargado a datos personales para prestar un servicio al responsable no constituye transferencia o comunicación (art. 34 LOPDP), sin perjuicio de las obligaciones de información, registro y garantías previstas en los arts. 55 a 60 LOPDP, en el Reglamento y en la Norma General de Transferencias de la SPDP (Resolución SPDP-SPD-2026-0004-R). El Prestador facilitará al Cliente la información necesaria para cumplirlas. Además, será responsabilidad única del Cliente que los consentimientos de uso de datos de sus clientes, o de los archivos que suba a LexFlow, cumplan y autoricen este proceso de envío de información, liberando así al Prestador de responsabilidad por la falta de los mismos.
12.8. Prevalencia del DPA. En todo lo relativo al tratamiento de datos personales por cuenta del Cliente rige el DPA, que forma parte integrante de este contrato.
13. Confidencialidad y secreto profesional
13.1. Confidencialidad recíproca. Ambas partes mantendrán en reserva la información no pública que reciban de la otra en el marco de este contrato y la usarán solo para cumplirlo. No es información confidencial la que sea pública sin culpa del receptor, la que el receptor ya conociera legítimamente, la desarrollada de forma independiente o la que deba revelarse por mandato legal o de autoridad competente, en cuyo caso el receptor, si la ley lo permite, avisará a la otra parte.
13.2. Acceso restringido del Prestador. El Prestador no accederá a los datos sustantivos del Cliente (expedientes, clientes, notas internas) salvo: (a) cuando sea estrictamente necesario para prestar el Servicio, mantenerlo o depurar errores reportados por el Cliente; (b) cuando el Cliente lo autorice por escrito; (c) cuando lo requiera autoridad competente conforme a derecho; o (d) cuando sea indispensable para responder a un incidente de seguridad. En la práctica, el personal de soporte del Prestador solo abre los expedientes de un Cliente dentro de la ventana temporal de acceso que su administrador autoriza desde la Plataforma, con motivo y una duración máxima de setenta y dos (72) horas, que queda registrada y se cierra sola. Las personas que intervengan en el tratamiento están sujetas a deberes de confidencialidad. Además, todos los datos subidos deberán contar con su respaldo de autorización de uso de datos personales según la ley, por lo que el acceso en los casos anteriores no constituirá una vulneración a la privacidad, siendo responsabilidad del Cliente mantener dicho consentimiento al día y con la posibilidad de acceso prevista en esta cláusula.
13.3. Secreto profesional. El Cliente permanece sujeto al deber de secreto profesional (art. 335, numeral 1, del Código Orgánico de la Función Judicial y art. 179 del Código Orgánico Integral Penal). El Prestador presta un servicio instrumental sin acceso funcional a los casos y sin asumir deber profesional alguno frente a los clientes del Estudio. Corresponde al Cliente determinar si el uso de un servicio en la nube es compatible con sus deberes hacia sus clientes y obtener, cuando corresponda, las autorizaciones o consentimientos necesarios.
13.4. Vigencia. Las obligaciones de confidencialidad subsisten diez (10) años después de la terminación del contrato. Respecto de la información que constituya secreto profesional o datos personales, subsisten indefinidamente.
14. Garantías limitadas y exclusiones
14.1. Servicio "tal cual". En la máxima medida permitida por la ley, el Servicio se ofrece sin garantías expresas o implícitas de idoneidad para un fin particular, funcionamiento ininterrumpido, ausencia total de errores o resultados determinados. Nada de lo anterior excluye la responsabilidad por dolo o culpa grave.
14.2. Garantías del Cliente. El Cliente garantiza que: (a) cumple los requisitos de la cláusula 1.5; (b) tiene facultades para contratar; (c) el Contenido es lícito y el Cliente tiene derecho a tratarlo; (d) usará el Servicio conforme a la ley y a este contrato; y (e) la información que suministre es veraz.
14.3. Sin garantía de resultados. El Prestador no garantiza resultado alguno respecto de los casos, procesos o negocios del Cliente ni que el uso del Servicio mejore sus resultados económicos o procesales.
14.4. Uso no crítico. El Servicio no está concebido como sistema de control oficial ni como sistema de misión crítica. El Cliente mantendrá controles independientes para los asuntos cuya omisión pueda causar daños irreparables.
14.5. Terceros. El Prestador no responde por los contenidos, servicios o disponibilidad de sitios, integraciones o servicios de terceros a los que el Servicio enlace o con los que interactúe.
15. Limitación de responsabilidad
15.1. Naturaleza del Servicio. LexFlow es una herramienta de apoyo a la administración del estudio jurídico y no sustituye: (a) el criterio profesional del abogado responsable; (b) la consulta directa de los textos legales oficiales; (c) la verificación independiente de plazos procesales; ni (d) la obligación profesional de custodia de la información de los clientes finales.
15.2. Límite cuantitativo. Salvo lo dispuesto en la cláusula 15.4, la responsabilidad total y acumulada del Prestador frente al Cliente por todos los reclamos derivados de o relacionados con este contrato, cualquiera que sea su fundamento (contractual, extracontractual u otro), no excederá del mayor de: (a) el monto efectivamente pagado por el Cliente al Prestador durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores al hecho que origina el reclamo; o (b) cien dólares de los Estados Unidos de América (USD 100). Este límite es único y agregado: no se multiplica por el número de reclamos, usuarios, períodos ni Documentos Legales.
15.3. Daños excluidos. En virtud de la autonomía de la voluntad de las partes (art. 1561 del Código Civil), el Prestador no responde por: (a) daños indirectos, consecuenciales, especiales, ejemplares, punitivos ni daño moral; (b) lucro cesante derivado de interrupciones o fallas del Servicio dentro de los parámetros de la cláusula 11; (c) pérdida de oportunidades de negocio, de clientela o de reputación; (d) daños derivados del uso indebido del Servicio por el Cliente o sus Usuarios Subordinados; (e) daños derivados de datos incorrectos, incompletos o desactualizados cargados por el Cliente; (f) el costo de servicios sustitutivos; ni (g) las consecuencias de las circunstancias descritas en las cláusulas 7.10 y 8.5.
15.4. Excepciones legales. Los límites y exclusiones de esta cláusula no se aplican a la responsabilidad por dolo o culpa grave (art. 29 del Código Civil), ni a los daños a la vida o integridad de las personas, ni a aquello que la ley declare irrenunciable o no limitable. Las responsabilidades administrativas o sancionatorias frente a autoridades, incluidas las multas de la SPDP, y los derechos de los titulares de datos personales (que son irrenunciables, art. 24 LOPDP) se rigen por sus propias normas y no son limitables por este contrato. Lo anterior no afecta la distribución de costos entre las partes prevista en las cláusulas 16 y 15.5.
15.5. Incidentes de seguridad imputables a terceros. Si ocurre un incidente de seguridad (filtración, acceso no autorizado, secuestro de datos) causado por: (a) vulnerabilidades de día cero en componentes de terceros que el Prestador no podía razonablemente conocer ni prevenir; (b) ataques deliberados de actores externos ejecutados con técnicas que superan las medidas del Anexo I del DPA; o (c) compromisos de los proveedores de infraestructura del Prestador que escapan a su control directo, y siempre que el Prestador haya mantenido dichas medidas, el Prestador no responderá frente al Cliente, conforme a la cláusula 5.2, y en cualquier caso su responsabilidad no excederá el límite de la cláusula 15.2. En tales casos el Prestador cumplirá las obligaciones de la cláusula 12.5.
15.6. Carga de la prueba. Para invocar la cláusula 15.5 corresponde al Prestador acreditar que mantuvo las medidas de seguridad del Anexo I del DPA y que el incidente se produjo a pesar de ellas.
15.7. Aviso de reclamo. El Cliente notificará por escrito cualquier reclamo, describiendo los hechos, dentro de los treinta (30) días desde que los conozca. El Prestador no responderá por el agravamiento de daños que pudieron evitarse con una notificación oportuna.
15.8. Acciones contra terceros vinculados. El Cliente dirigirá cualquier reclamo únicamente contra el Prestador y renuncia a reclamar contra sus colaboradores, desarrolladores y proveedores por hechos relacionados con el Servicio, salvo en caso de dolo.
15.9. Distribución de riesgos. Las partes reconocen que los precios del Servicio reflejan esta distribución de riesgos y que los límites de esta cláusula subsistirán aun cuando un remedio no cumpla su finalidad esencial.
16. Indemnidad del Cliente
16.1. Alcance. El Cliente se obliga a defender, mantener indemne y reembolsar al Prestador, a sus representantes, colaboradores, desarrolladores y proveedores, frente a cualquier reclamo, demanda, sanción administrativa, multa, costo y honorarios de abogados que surjan de: (a) el incumplimiento de la LOPDP por el Cliente como Responsable, incluidas la falta de base de licitud, de información a los titulares o instrucciones ilícitas; (b) la infracción de propiedad intelectual u otros derechos de terceros por el Contenido del Cliente; (c) el uso indebido del Servicio por el Cliente o sus Usuarios Subordinados; (d) el uso de Salidas del Asistente IA sin verificación profesional; (e) los reclamos de clientes del Estudio, Clientes Finales, contrapartes u otros terceros relacionados con los servicios profesionales del Cliente; (f) la violación del secreto profesional por el Cliente; o (g) el incumplimiento de este contrato.
16.2. Procedimiento. El Prestador notificará el reclamo con prontitud. El Cliente asumirá los costos de la defensa con los abogados elegidos por el Prestador. Ninguna transacción que imponga obligaciones al Prestador se celebrará sin su consentimiento.
16.3. Límites. La indemnidad no aplica en la medida en que el daño provenga del dolo o la culpa grave del Prestador. En materia de multas y sanciones administrativas, que son personales de la persona infractora, la obligación del Cliente consiste en reembolsar lo que el Prestador deba pagar o costear como consecuencia de la conducta del Cliente, en la medida que la ley lo permita.
17. Vigencia, suspensión y terminación
17.1. Vigencia. El contrato es de plazo indefinido y se renueva automáticamente cada mes con cada pago recibido. La aceptación solo debe realizarse la primera vez o en las ocasiones específicas previstas en este instrumento.
17.2. Terminación por el Cliente. El Cliente puede cancelar la suscripción en cualquier momento desde el panel administrativo o notificando por escrito a soporte@tiertec.lat. La terminación surte efectos al final del período mensual pagado, sin reembolso del período en curso.
17.3. Terminación por el Prestador. El Prestador puede terminar el contrato:
- a) por incumplimiento grave del Cliente, en especial de las prohibiciones de la cláusula 6.2, previa notificación con plazo de subsanación de cinco (5) días hábiles; en los casos de los literales a), b), c) y d) de la cláusula 6.2 podrá terminar de inmediato, sin plazo de subsanación;
- b) por falta de pago sostenida por más de treinta (30) días calendario desde el vencimiento, o de pleno derecho conforme a la cláusula 9.6;
- c) por falsedad de la información de registro o de verificación (cláusula 5.5);
- d) por discontinuación del Servicio, notificando a todos los Clientes activos con al menos sesenta (60) días de anticipación; o
- e) cuando una ley, resolución u orden de autoridad haga ilegal o inviable la prestación del Servicio al Cliente.
17.4. Suspensión cautelar. El Prestador podrá suspender total o parcialmente el acceso, de inmediato y sin aviso previo, cuando tenga motivos razonables para estimar que existe un riesgo de seguridad, fraude, actividad ilícita, orden de autoridad o mora. El acceso se restablecerá cuando cese la causa. La suspensión imputable al Cliente no lo libera del pago de las cuotas.
17.5. Efectos. Al terminar el contrato: (a) el acceso se cierra al fin del período pagado o en la fecha de efectividad de la terminación; (b) cesa la licencia y el Cliente deja de usar el Servicio; (c) las sumas adeudadas se vuelven exigibles; (d) los datos se tratan conforme a la cláusula 18; y (e) subsisten las obligaciones de confidencialidad y protección de datos.
17.6. Supervivencia. Subsisten a la terminación las cláusulas 6, 10, 13, 14, 15, 16, 18, 21 y 22 y toda otra que por su naturaleza deba subsistir.
18. Exportación, retención y supresión de datos
18.1. Exportación. Durante la vigencia del contrato y dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a su terminación, el Cliente puede solicitar la exportación completa de los datos de su cuenta en formato CSV o JSON, o utilizar las funciones de exportación disponibles en el Servicio. El Prestador entregará la exportación estándar sin costo en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles desde la solicitud. Las exportaciones extraordinarias que exijan desarrollo específico podrán generar un costo, previamente cotizado. El Prestador no condicionará la devolución de los datos al pago de sumas adeudadas.
18.2. Custodia posterior a la terminación. Tras la terminación, el Prestador conservará los datos de la cuenta en custodia restringida, sin tratamiento activo, durante al menos treinta (30) días calendario —el plazo de exportación de la cláusula 18.1— y hasta noventa (90) días calendario, con el único fin de permitir la exportación tardía, la reactivación del Servicio o la atención de incidentes. Transcurridos los treinta (30) días, el Prestador podrá eliminar los datos en cualquier momento antes de cumplirse los noventa (90), ya que, terminada la relación contractual, la conservación posterior se realiza como acto de buena fe y no constituye obligación de ningún tipo. Vencido el plazo de noventa (90) días, los datos serán eliminados o anonimizados de forma irreversible de los sistemas activos (art. 46 del Reglamento; art. 34 LOPDP).
18.3. Copias de respaldo. Los datos podrán permanecer en copias de respaldo de rotación pasiva por hasta sesenta (60) días adicionales antes de su eliminación física definitiva, sin que en ese período se realice tratamiento activo alguno.
18.4. Excepciones legales. El Prestador podrá conservar datos más allá de los plazos anteriores cuando exista obligación legal (por ejemplo, la conservación de comprobantes de venta por siete (7) años conforme a la normativa tributaria) o cuando sea necesario para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones, incluidos los registros de aceptación de la cláusula 4.3 (art. 18, numeral 4, LOPDP; art. 11 del Reglamento), informando de ello al Cliente cuando corresponda. Asimismo, cuando exista riesgo o sospecha de procedimientos judiciales o extrajudiciales que puedan desprenderse posteriormente, el Prestador podrá almacenar la información hasta por diez (10) años si así lo considera necesario.
18.5. Constancia de eliminación. A solicitud del Cliente, el Prestador emitirá una constancia de eliminación una vez cumplidos los plazos y condiciones anteriores.
18.6. Responsabilidad del Cliente. Transcurridos los plazos de esta cláusula, el Prestador no tendrá obligación de recuperar datos. Es responsabilidad del Cliente exportar oportunamente la información que necesite conservar.
19. Cesión, continuidad operativa y sucesión
19.1. Cesión por el Cliente. El Cliente no puede ceder este contrato ni los derechos de su cuenta sin el consentimiento previo y escrito del Prestador.
19.2. Cesión por el Prestador. El Prestador podrá ceder o aportar sus derechos y obligaciones, el software y las marcas a una persona jurídica de su titularidad o a un sucesor en el negocio, notificando al Cliente con al menos treinta (30) días de anticipación. La cesión incluirá la asunción expresa por el cesionario de las obligaciones de protección de datos, confidencialidad, continuidad del servicio y tratamiento de datos personales de este contrato y del DPA. El Cliente que no desee continuar podrá terminar el contrato sin penalidad dentro de ese plazo.
19.3. Continuidad por fallecimiento o incapacidad del Prestador. Dado que el Prestador opera como persona natural, designará por escrito a una persona de respaldo facultada para mantener el acceso operativo al Servicio, incluidas las credenciales de infraestructura, por al menos noventa (90) días en caso de fallecimiento o incapacidad sobrevenida. La designación se actualizará anualmente y el Prestador entregará, a solicitud formal de un Cliente activo, una constancia de su existencia y vigencia. Si no hubiera designación y sobreviene la situación, los herederos o representantes legales del Prestador la notificarán a los Clientes activos dentro de los quince (15) días siguientes, y los Clientes podrán solicitar la exportación gratuita y prioritaria de sus datos.
19.4. Reorganización. Las fusiones, escisiones, cambios de control o reorganizaciones del Prestador no requieren consentimiento del Cliente, siempre que se mantenga el cumplimiento de la cláusula 19.2.
20. Fuerza mayor y caso fortuito
20.1. Concepto. Ninguna parte responde por el incumplimiento o retraso causado por fuerza mayor o caso fortuito, entendidos como el imprevisto a que no es posible resistir (art. 30 del Código Civil), incluidos pero no limitados a: desastres naturales, cortes generalizados de energía o telecomunicaciones, conflictos sociales, pandemias, actos de autoridad, fallas globales de proveedores de nube, ataques informáticos masivos o distribuidos que superen las medidas razonables de protección y la imposibilidad sobrevenida de acceder a servicios de terceros indispensables.
20.2. Efectos. La parte afectada notificará a la otra tan pronto sea posible y adoptará medidas razonables para mitigar sus efectos. Las obligaciones afectadas se suspenden mientras dure el evento. Si el evento se prolonga por más de sesenta (60) días, cualquiera de las partes podrá terminar el contrato sin penalidad. Las obligaciones de pago por los períodos en que el Servicio estuvo disponible no se suspenden.
21. Ley aplicable, mediación y jurisdicción
21.1. Ley aplicable. Este contrato se rige por las leyes de la República del Ecuador, en especial el Código Civil, el Código Orgánico General de Procesos, el COESCCI, la LOPDP y su Reglamento, la LCEFEMD y la Ley de Arbitraje y Mediación.
21.2. Negociación y mediación previa. Antes de acudir a la vía judicial o arbitral, las partes procurarán resolver la controversia mediante negociación directa por diez (10) días calendario y, de no lograrlo, mediante mediación ante un centro de mediación legalmente constituido y registrado ante el Consejo de la Judicatura en la ciudad de Quito, por un plazo no menor a treinta (30) días calendario desde su solicitud. El acuerdo de mediación tiene efecto de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada (art. 47 de la Ley de Arbitraje y Mediación).
21.3. Jurisdicción. Si la controversia no se resuelve en la mediación, las partes se someten a los jueces y tribunales competentes de la ciudad de Quito (Complejo Judicial Norte, Iñaquito), provincia de Pichincha, y renuncian a cualquier otro fuero o domicilio que pudiera corresponderles.
21.4. Excepciones a la mediación previa. La mediación previa no impide que el Prestador acuda directamente a los jueces o a las autoridades competentes para: (a) solicitar medidas cautelares o urgentes para proteger su propiedad intelectual, la seguridad del Servicio o los datos de otros Clientes; (b) cobrar sumas adeudadas mediante los procedimientos monitorio, ejecutivo u otro procedimiento; o (c) cumplir órdenes de autoridad competente.
21.5. Domicilios y citación electrónica. De conformidad con la normativa procesal ecuatoriana, las partes aceptan de forma vinculante como canal oficial para notificaciones judiciales, citaciones y requerimientos notariales o administrativos la vía electrónica, a través de los siguientes correos, y señalan los siguientes domicilios:
- LexFlow: correo electrónico soporte@tiertec.lat; domicilio en la Vía Colonia Montúfar Km. 4, cantón Quito, provincia de Pichincha, Ecuador.
- El Cliente: el correo electrónico del administrador principal registrado en su cuenta (cláusula 1.2); y el domicilio que conste en su Registro Único de Contribuyentes o el que declare al Prestador.
Las partes se obligan a mantener sus cuentas electrónicas plenamente activas y habilitadas, asumiendo la total validez de las notificaciones allí dirigidas, y a comunicar a la otra cualquier cambio de domicilio.
22. Disposiciones finales
22.1. Integralidad. Estos Términos, junto con los demás Documentos Legales, el registro de actividades de tratamiento y la evaluación de impacto que el Prestador mantiene como documentos internos de cumplimiento, constituyen el acuerdo íntegro entre las partes sobre su objeto y reemplazan cualquier acuerdo previo, escrito u oral, sin perjuicio de las condiciones particulares que el Cliente y el Prestador firmen por escrito, que prevalecen sobre estos Términos en las materias que regulan expresamente (cláusula 4.5).
22.2. Divisibilidad y conservación. Si alguna estipulación resultare nula, inejecutable o inaplicable por decisión de autoridad competente, las demás permanecerán plenamente vigentes y la afectada se interpretará y reformará en la mínima medida necesaria para conservar su finalidad dentro de lo permitido por la ley.
22.3. Idioma. El idioma del contrato es el español. Cualquier traducción se ofrece por cortesía y prevalece la versión en español.
22.4. Notificaciones. Las notificaciones entre las partes se realizarán por correo electrónico: al Prestador, a soporte@tiertec.lat; al Cliente, a la dirección registrada en su cuenta administrativa. Surten efecto desde su envío, salvo que se acredite rebote o falla de entrega imputable al remitente. Cada parte mantendrá actualizado su correo de contacto.
22.5. No renuncia. El no ejercicio o el ejercicio tardío de un derecho no constituye renuncia a él ni a otros derechos.
22.6. Relación entre las partes. Las partes son independientes. Este contrato no crea relación laboral, de agencia, sociedad, mandato ni representación entre ellas.
22.7. Interpretación. Los títulos son solo de referencia. La palabra "incluido" no implica una enumeración ilimitada ni queda a libre interpretación del Cliente. Los "días hábiles" excluyen sábados, domingos y feriados nacionales; los plazos y términos legales se computan conforme a la ley aplicable.
22.8. Cambios normativos. Si un cambio legal o una resolución de autoridad afecta este contrato, las partes lo adecuarán de buena fe y el Prestador podrá aplicar la cláusula 4.8.
22.9. Buena fe. Los contratos deben ejecutarse de buena fe (art. 1562 del Código Civil) y las partes cooperarán razonablemente para su ejecución.
23. Aceptación
Al marcar el casillero correspondiente durante el registro, o al utilizar el Servicio bajo una cuenta administrativa creada por el Prestador, el Cliente declara que:
- a) ha leído íntegramente estos Términos y los demás Documentos Legales, y entiende sus términos y el alcance legal de los mismos;
- b) tiene capacidad y facultades para vincular contractualmente al estudio jurídico que representa;
- c) contrata para fines profesionales, conforme a la cláusula 1.5;
- d) reconoce que las cláusulas 6.5, 7, 8, 15 y 16, que limitan la responsabilidad del Prestador, imponen deberes de verificación y regulan la indemnidad, le han sido destacadas y las acepta expresamente;
- e) acepta el Acuerdo de Tratamiento de Datos Personales incorporado; y
- f) acepta el uso de medios electrónicos para la celebración y prueba de este contrato.
Quito, 2 de octubre de 2026
Versión: 1.1 — revisada por abogado colegiado. Reemplaza a la versión 1.0 del 29 de septiembre de 2026, y esta a la 0.2 del 19 de mayo de 2026.
Cambios de la versión 1.1: las medidas de seguridad del DPA se citan como su Anexo I (cláusulas 11.3, 12.1, 15.5 y 15.6); las condiciones particulares firmadas entran en el orden de prelación y en la integralidad (cláusulas 4.5 y 22.1); y se describe la ventana de acceso de soporte (cláusula 13.2).